La Superintendencia de Industria y Comercio, en su rol de autoridad nacional de protección al consumidor, actualizó la Circular Única en los capítulos referentes a propinas.
Se actualizaron las instrucciones sobre cómo se debe informar a los consumidores acerca de los precios y la voluntariedad de la propina, así como del derecho de no pagarla o de modificar su cuantía si les es sugerida.
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Estos son los ajustes:
– Se debe informar los costos a los consumidores a través de una lista de precios o través de cartas físicas.
– Sin importar el sistema de precios que elija el establecimiento, se debe garantizar siempre la visibilidad del precio y que el medio de información sea físico. Además, el uso de medios tecnológicos no sustituyen dicha obligación.
– Si se elige el sistema de carta de precios, por lo menos una carta debe ser visible a los consumidores de tal forma que puedan consultar los precios antes de ingresar a dicho establecimiento.
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– Para la visualización de los precios, los establecimientos no pueden exigirles requisitos adicionales a los consumidores, como, por ejemplo, registrarse en páginas web, proporcionar datos personales o conceder permisos de acceso a aplicaciones.
– No se deben usar textos, imágenes o elementos que induzcan en error al consumidor sobre el precio del producto, como lo son, por ejemplo, anuncios en decenas o centenas con aclaraciones del tipo “precios en miles de pesos colombianos” o “20K”; o utilizar expresiones indeterminadas como “según el tamaño” o “según el peso”; o el uso de palabras que no correspondan al idioma castellano.
Las disposiciones informadas por la SIC rigen a partir del 5 de septiembre de 2022.
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Fuente: www.eltiempo.com
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